Aviso de confidencialidad
Las Partes acuerdan que toda la información que sea compartida entre las mismas con la finalidad de dar cumplimiento al presente Contrato, incluyendo los términos y condiciones del mismo, es estrictamente confidencial y para uso exclusivo de las partes, por lo que ambas partes se comprometen a mantener absoluta reserva y a no proporcionarla a terceros, sin el consentimiento previo y por escrito de la otra Parte.
Para efectos del presente Contrato se entenderá como información confidencial toda la información, proporcionada por las Partes (“la Información Confidencial”), a través de cualquier medio conocido o por conocerse, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa, el material escrito, el verbal o los medios de grabación magnética o electrónica, información técnica, comercial de procesos, financiera, de desarrollo y cualquier otro tipo de “know-how”, así como la vertida en los reportes emitidos por las Partes.
Ambas partes deberán mantener la confidencialidad de la “Información Confidencial”, así como la proporcionada de hecho y actos que por virtud del ejercicio del presente Contrato se realicen, y se abstendrán de realizar cualquier declaración pública o divulgación particular, presente o futura al respecto, asumiendo la obligación de mantener total discreción respecto de los datos que conozca, estando impedido para difundirla o transmitirla a terceros por cualquier medio.
La “Información Confidencial” de la parte emisora será resguardada por la parte receptora con el mismo grado de cuidado que proporciona a su propia información contra la revelación, por cualquier medio, a terceras personas, sin que dicho cuidado sea menor a la que cualquier persona normalmente prudente y diligente daría al cuidado de la suya.
Las Partes podrán hacer las copias necesarias de la “Información Confidencial” que requieran para la correcta operación objeto del presente Contrato, durante la vigencia del mismo, quedando expresamente prohibido, usar, explotar, o de cualquier otra forma aprovechar, directa o indirectamente la misma. No se permitirá a terceros copiar o duplicar parcial o totalmente la “Información Confidencial”.
Así mismo, las Partes se obligan a que sus empleados, agentes, contratistas, accionistas, así como cualquier persona que pudiera tener
acceso a la “Información Confidencial” en virtud de este Contrato, suscriban un documento en el que se contengan las mismas obligaciones que en el presente Contrato frente a la otra parte, siendo responsabilidad de cada Parte el estricto cumplimiento de lo anterior.
No obstante el párrafo anterior, los consejeros, accionistas, directivos, representantes, empleados, asesores y agentes de cada Parte, que tengan necesidad de conocer la Información Confidencial con motivo de sus responsabilidades laborales y/o por su rol en el cumplimiento del presente Contrato, no se considerarán terceros para los efectos de esta Cláusula, sin embargo dichas personas quedarán también sujetas a las obligaciones de confidencialidad y uso restringido de la Información Confidencial. Cada Parte será responsable de asegurarse de que sus consejeros, accionistas, directivos, representantes, empleados, asesores y agentes que hubiesen tenido acceso a la Información Confidencial cumplan con las obligaciones asumidas por cada Parte en los términos de la presente Cláusula. Cada Parte reconoce y acepta que será responsable de los daños y perjuicios causados a la otra Parte con motivo de cualquier infracción o incumplimiento a dicha obligación por parte de sus consejeros, accionistas, directivos, representantes, empleados, asesores y agentes.
La “Información Confidencial” deberá ser devuelta al emisor de ésta, al finalizar el presente Contrato, o en el momento en que cada parte lo solicite por escrito. Dicha devolución deberá realizarse a más tardar quince (15) días calendario después de la solicitud de devolución o de la terminación de este Contrato.
Cada parte deberá devolver a la parte titular de la “Información Confidencial” todas las copias de la “Información Confidencial” que hubiere realizado en cualquier medio conforme a la presente cláusula, anexando copias de las notas, compilaciones y cualquier otro material escrito, grabado, microfilmado o en el que se contenga, resuma, refleje o de otra manera se relacione la “Información Confidencial” que ha recibido. En caso de que alguna de las partes guarde la información arriba mencionada, ésta deberá ser destruida previa notificación a la otra parte, en donde se indique que la destrucción de dicho material se ha llevado a cabo bajo la responsabilidad de la parte que efectuó la destrucción.
Cada parte podrá conservar sus papeles de trabajo, en el entendido de que si éstos contienen de alguna forma, parte o la totalidad de la “Información Confidencial”, cada parte se obliga a conservar dichos papeles de trabajo bajo las más estrictas normas de confidencialidad.
Las obligaciones contenidas en la presente cláusula comenzarán a surtir efectos a partir de la fecha de su celebración y por un periodo de diez (10) años a partir de esa fecha.
Si alguna de las partes incumpliera cualesquiera de las previsiones de este Contrato, se obliga a resarcir a la otra parte, por los daños y perjuicios que con motivo del incumplimiento le hubiera causado, pudiendo ejercitar las acciones legales que le competan conforme a la legislación sobre propiedad intelectual e industrial vigente, sobre cualquier otra, inclusive la de tipo penal. Así mismo deberá pagar el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del beneficio obtenido por la parte que incumplió lo pactado en la presente Cláusula.
La violación a esta Cláusula será causa de vencimiento anticipado del presente Contrato, independientemente de la responsabilidad de la parte que incurrió en incumplimiento de indemnizar a la otra parte por los daños y perjuicios que le cause su contravención, y de los delitos en que incurra con motivo de tal incumplimiento, a efecto de lo cual la parte que incurrió en incumplimiento libera de toda responsabilidad a la parte afectada y a su costa y responsabilidad pagará todos los gastos y costas, Incluyendo honorarios por la defensa de Intereses de la parte afectada o de quien sus derechos represente.
Cada parte será responsable frente a la otra por cualquier violación o incumplimiento a lo pactado en los párrafos inmediatos precedentes, por lo que ambas partes se asegurarán de que sus empleados, agentes y contratistas, así como cualquier persona que pudiera tener acceso a la “Información Confidencial” en virtud de este Contrato, no revele a persona alguna o al público en general la existencia de las discusiones o la naturaleza, contenido o extensión de la Información Confidencial proporcionada.
Así mismo cada parte se obliga a sacar en paz y a salvo, y en su caso a indemnizar a la parte afectada, respecto de cualquier daño o perjuicio, en su caso gastos y costas, que pudieren surgir por motivo del incumplimiento de alguna de las obligaciones que a su cargo en el presente Contrato se establecen.
